"Los trabajadores amparados por la prórroga de la inamovilidad laboral especial no podrán ser despedidos, desmejorados, ni trasladados, sin justa causa, calificada previamente por el Inspector del Trabajo de la Jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 453 de la Ley Orgánica del Trabajo", reza el decreto en su segundo artículo".
Asimismo, refiere que el incumplimiento de la norma dará derecho al trabajador a solicitar el reenganche y el pago de salarios caídos correspondientes. La medida incluye la posibilidad de acuerdos entre patronos y trabajadores para lograr la reducción de personal, mediante el procedimiento de negociación colectiva voluntaria establecido en el ordenamiento jurídico vigente.
Así, se extiende la vigencia del Decreto N°. 6.603 del 29 de diciembre de 2008, publicado en Gaceta N°. 39.090. La inamovilidad laboral se ha venido decretando desde el 2001 con cada aumento salarial y anualmente desde 2006.
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